Drástico giro por el crimen de Joaquín Paredes: 5 policías a juicio pero con acusaciones atenuadas
La Cámara de Villa Dolores bajó las calificaciones legales: al autor del disparo mortal le morigeraron la acusación. Los otros cuatro efectivos no responderán por un crimen, sino por abuso de arma y delitos “menores”.
Una fuerte caída en el peso acusatorio sufrió la causa que involucra a cinco policías en torno del crimen de Joaquín Paredes (15), ocurrido en octubre de 2020 en la localidad de Paso Viejo, en el noroeste de la provincia de Córdoba.
La Cámara de Villa Dolores resolvió las apelaciones y entendió que quien disparó en contra del adolescente debe responder no por “homicidio calificado por abuso funcional”, sino por “homicidio simple”, mientras que los otros cuatro uniformados quedaron desvinculados del asesinato y deberán responder en juicio oral y público por abusos de armas y otros delitos menores, según el caso.
La decisión del tribunal transerrano -integrado por Santiago Camogli Roqué, Carlos Rolando Escudero y Raúl Alejandro Castro- revierte la acusación del fiscal de Cruz del Eje Daniel Raymundo Barrera, que había sido confirmada por el Juzgado de Control de esa ciudad del noroeste provincial.
Después del nuevo enfoque imprimido por el tribunal de alzada, los involucrados ahora tienen distinto nivel de responsabilidad para la acusación que irá a juicio. Hasta este martes, los cinco eran responsables de homicidio calificado.
Ahora, quien está señalado como el autor del disparo fatal, Maykel López, debe responder “sólo” como “autor de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego”, además de otros cargos menores, como “coautor de lesiones graves en agresión agravadas por el uso de arma de fuego en concurso real” y “coautor de disparo de arma de arma de fuego calificado por la condición especial del autor”. Sólo él quedó acusado como responsable del asesinato de Joaquín Paredes.
Los otros cuatro policías, Iván Alexis Luna, Enzo Ricardo Alvarado, Jorge Luis Gómez y Ronald Nicolás Aliendro quedaron acusados como autores de “disparo de arma de fuego calificado por su condición especial de policías” que no es sino una de las formas de “abuso de arma”.
A su vez, a Luna se lo acusa por “lesiones graves agravadas por el uso de arma de fuego”; mientras que a Alvarado, Gómez y Aliendro se les agrega el supuesto delito de “omisión de los deberes de funcionario público”.
Otro de los impactos de la decisión de la cámara de Villa Dolores es que se ordenó la inmediata libertad de Alvarado, que estaba con dos años de prisión preventiva y al caerse la acusación de homicidio en su contra.
Con estos cinco policías se integrará el banquillo de los acusados en el juicio que deberá realizarse en la Cámara del Crimen de Cruz del Eje, con seguridad el año próximo. A estos cinco acusados debería agregárseles otro policía, Daniel Alberto Sosa Gallardo, imputado por amenazas calificadas por el uso de arma de fuego, quien no apeló la elevación a juicio.
Dos hechos
Joaquín fue asesinado de un balazo policial por la espalda en la madrugada del domingo 25 de octubre de 2020, en plena pandemia, en Paso Viejo.
Su crimen se produjo en el marco de una desmedida reacción policial contra jóvenes que estaban en la plaza de Paso Viejo supuestamente violando restricciones sanitarias. Al menos otros dos jóvenes de 14 años resultaron heridos por policías. Todos los jóvenes estaban desarmados.
El asesinato derivó en una violenta reacción vecinal que terminó con pedradas contra la subcomisaría, el juzgado de paz y el dispensario. En ese marco, hubo efectivos que dispararon al aire.
Los peritajes balísticos determinaron de una pistola reglamentaria Bersa Thunder partieron el balazo que mató por la espalda a Joaquín (el plomo llegó al corazón) y el plomo que hirió en un brazo a B., un amigo de la víctima fatal. Luego se determinó que esa arma pertenecía a Maykel López.
Apelación de defensas
Este recurso fue resuelto al interponer las defensas sendas apelaciones al auto 72 del Juzgado de Control de Cruz del Eje. Por Maikel López, lo hicieron Ricardo Moreno y Yamila Moreno; por Aliendro, Carlos María Cardeilhac; y por los imputados Alvarado, Gómez y Luna, los abogados Pedro Despouy Santoro y Eduardo Rodríguez Aramburu.
Sobre el “giro” que dio la causa en esta apelación, Despouy Santoro mostró su satisfacción por el éxito alcanzado porque “tanto la fiscal Pocchetino como el fiscal Barrera utilizaron arbitrariamente la figura de homicidio calificado sobre la base de una falacia narrativa: un relato imaginario de supuesta coautoría de homicidio” por parte de los cuatro acusados de “acompañar” a Maikel López en la intención de matar.
Añadió el penalista que se trataba de una acusación “con pena de prisión perpetua sin apoyo en elemento de prueba alguno que objetiva y subjetivamente permitiera sostener semejante calificación penal” para sus defendidos.
Despouy Santoro, añadió que “hubo animosidad de la parte querellante, buscando la imputación de ese delito al margen de cómo sucedieron los hechos y sin justificación lógica ni jurídica; y arbitrariedad por parte de la fiscalía al acoger dicha pretensión”.
Para el defensor de tres de los acusados junto a Rodríguez Aramburu, lo que hizo la Cámara de Villa Dolores, “razonablemente y con recto criterio jurídico”, fue “poner las cosas en su justo lugar, conforme a derecho, como debe ser”.
Omisión de la Cámara
El querellante por la familia de Joaquín Paredes es Claudio Orosz, quien mostró su descontento por la resolución de la Cámara. “Llamativamente, (la Cámara) no valora las comunicaciones que tienen entre ellos, los policías, que surgen de una pericia interdisciplinaria (y) donde hay comunicaciones previas inmediatamente anteriores al hecho”.
Por eso, Orosz sostiene que “es muy llamativo que la Cámara de Villa Dolores omita eso”.
Dando entender de que no habrá casación para discutir este fallo, el querellante anticipó que irán a juicio con esta plataforma.
“Los hechos quedan exactamente iguales, (la cámara) no ordena nuevas indagatorias ni nada por el estilo”. Por lo cual, el especialista en derecho humanitario sostuvo: “Vamos con los mismos hechos, tal como los describiera la fiscalía en la elevación a juicio y discutiremos la calificación legal en el juicio por jurados”.
Fuente: lavoz.com