Tránsito. Indultarán a los multados por manejar con carnés emitidos por 12 municipios sin centros habilitados

Serán sobreseídos quienes tengan domicilio en esas localidades, pero no quienes hayan ido de otras ciudades a sacar una licencia en ese lugar para eludir el chequeo de antecedentes de infracciones de tránsito.

Las licencias de conducir emitidas por 12 municipios y comunas de Córdoba no se consideran válidas para conducir en rutas provinciales y en otras jurisdicciones y usarlas en esos territorios son una falta grave, según tipificó la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito del Gobierno de Córdoba, que elevó la sanción por conducir sin licencia, que no esté habilitada o que no sea válida, con pérdida de cuatro puntos y una mayor sanción monetaria.

En total son 126 los municipios y las comunas no adheridos, pero sólo 12 de ellos tienen centros emisores de licencias no habilitados.

Miguel Rizzotti, director provincial de Seguridad vial, explicó que esto impacta en “todos los municipios que no están adheridos a la ley que es del 2023 y que se estableció una prórroga de seis meses para que las comunas regularicen su situación, plazo que ya se cumplió”. “La ley dice que solo los habilitará en sus localidades si no están dentro del sistema provincial-nacional”, remarcó.

Pero ante la queja entre los usuarios, Rizzotti anunció que no se aplicarán las sanciones. “Para llevar tranquilidad a la gente hemos tenido reuniones con los jueces de faltas y hemos acordado que aquellos ciudadanos que tengan licencia de conducir que coinciden con su DNI de la localidad que emitió la licencia pero que ese centro emisor no es regularizado, a ese ciudadano se lo va a sobreseer”.

Pero este indulto no regirá para quienes “han recurrido a algunos municipios que no tienen nada que ver con su domicilio y sacaron su licencia allí”.

“Hay municipios que dan licencia a gente de otras provincias, que tienen pedidos de captura contrariando toda normativa vigente, con esos no haremos excepciones”, remarcó.

“En atención a los recientes casos en que distintos ciudadanos resultaron multados por violación al art. 13 de la ley 8560 (TO 2004) Código 212 Tipo “G” (conducir sin licencia habilitante) conforme Resolución n°26 de fecha 29/08/2024 (B.O.), esta autoridad de aplicación ha resuelto sobreseer a todos los ciudadanos cuyo domicilio -según su Documento Nacional de Identidad- coincida con domicilio del respectivo centro emisor, entendiendo que la sanción por el atraso del gobierno local en adecuar su centro emisor a lo dispuesto por la 10.859,no debe en este caso recaer sobre el ciudadano, haciendo prevalecer el principio in dubio pro administrado”, dice el comunicado firmado por Rizzotti.

El intendente de Malagueño, Marcos Fey, señaló que hay 4.691 carnés del municipio en esta situación y que no tienen casos de licencias entregadas a personas con domicilio en otras localidades. “Vamos a homologar los carnés y se los vamos a enviar a sus domicilios a los ciudadanos”, dijo Fey.

A quienes les hayan labrado alguna multa, se los asesorá para hacer el descargo y acceder al sobreseimiento por la infracción.

Carnés de conducir: cuáles son los 12 municipios con licencias no habilitadas

Desde hace 14 meses no son válidas para circular en Córdoba estas licencias, a partir de la aprobación de una ley provincial que se derivó del escándalo que siguió al grave siniestro vial protagonizado por el exlegislador Oscar González, quien conducía con un carné emitido por el municipio de Las Tapias, cuando figuraba con domicilio en otro lugar y no estaba en condiciones de tener una licencia por la cantidad de infracciones que acumulaba.

Estos son los municipios y las comunas que emiten licencias no válidas por no estar adheridas al Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito (Repat) ni al Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito (Renat):

  • Malagueño
  • Toledo
  • Rafael García
  • Falda del Carmen
  • La Serranita
  • Villa del Prado
  • Potrero de Garay
  • Valle de Anisacate
  • Villa Parque Santa Ana
  • La Paisanita
  • La Rancherita
  • Villas Ciudad América

En concreto, la Policía Caminera debe verificar en estos casos que las licencias emitidas por estos municipios sean posteriores al 20 de julio de 2023, cuando entró en vigencia la ley. Si coincide el domicilio del DNI y el carné es posterior a esa fecha, al conductor le corresponde multa.

Si, en cambio, el domicilio no coincide con el del DNI la sanción es más grave: multa y retención de licencia.

En este caso, además, la Provincia denuncia penalmente al intendente o jefe comunal. El intendente que emita una licencia a un ciudadano con otro domicilio y no tenga un centro emisor habilitado es corresponsable en las sanciones junto con el conductor. El año pasado la Provincia denunció al municipio de Ballesteros Sud por esto: había entregado una licencia un infractor contumaz, con múltiples sanciones e inhabilitaciones, conocido como “el loco del Camaro”.

La semana pasada se denunció a otro municipio: Toledo. Fue por un caso de un camionero detenido en provincia de Buenos Aires, con domicilio en el Conurbano, que conducía con 2,7 miligramos de alcohol en sangre y tenía una licencia emitida por Toledo, uno de los municipio con centros de emisión de licencia no habilitados.

¿Dónde saco el carné si vivo en municipio no habilitado?

En la ley aprobada en julio de 2023, en su artículo 13 se define que “las licencias otorgadas por municipalidades y comunas que utilicen para tal fin el Sistema Único de Emisión de Licencias de Conducir y registren las licencias en el Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito, habilitará a conducir en toda la Provincia de Córdoba, y en todas las calles y caminos de la República de acuerdo a los convenios que suscriba la Provincia de Córdoba con los demás Estados Provinciales y/o con la Agencia Nacional de Seguridad Vial”.

Se establece, además, que “la Licencia de Conducir debe tramitarse en la Municipalidad o Comuna donde el solicitante posea domicilio, con la única condición de que las mismas apliquen el Sistema Único de Emisión de Licencias de Conducir y se las registre en el Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito. El solicitante que posea domicilio en una jurisdicción que no se ajuste a la condición establecida en el párrafo anterior, tendrá la opción de obtener la Licencia de Conducir en una jurisdicción distinta a la de su domicilio que sí la aplique”.

En este párrafo se responde a la pregunta que surge entre quienes tienen licencias de conducir emitidas por los 12 municipios no habilitados. Tienen que sacar un carné en cualquier otro municipio que cuente con un centro emisor habilitado.

Es la única excepción a la indicación general de que sólo se entreguen licencias a vecinos con domicilio en las ciudades que emiten licencias.

Por qué se agravaron las multas

Miguel Ángel Rizzotti, director de Prevención, sostuvo que la modificatoria de la ley 10.859 establece un cambio sustancial respecto del agravante explicitado en el artículo 115, punto 4 último párrafo de la Ley de Tránsito 8.560, donde se establece que “es falta grave conducir sin haber obtenido la licencia correspondiente, o que la misma no habilite o no sea válida para circular en la jurisdicción donde se efectúe el control”.

El funcionario recordó que antes era considerada como una falta “leve”, pero que ahora “resulta indispensable ajustar y actualizar” la normativa. Así, por decreto 1616/08, el Poder Ejecutivo Provincial facultó a la Dirección de Prevención de Accidentes modificar, actualizar y/o ampliar los anexos técnicos del decreto reglamentario.

“A tales fines y con el objeto de la correcta aplicación de la normativa corresponde a esta instancia disponer que se proceda a la modificación del anexo D del decreto 318/07, reglamentario de la Ley Provincial de Tránsito 8.560″, elevando a grave la infracción.

Eso significa que la Unidad Fija de Multa (UF) pasará de 100 a 200, con pérdida de cuatro puntos en el carnet y con una sanción monetaria mayor (multa). Actualmente, a valores de principios de agosto y hasta un nuevo cambio (suba del valor del litro de la súper), las infracciones graves pueden llegar hasta los $ 220.800.

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